El Cliente puede hacer valer la garantía contra defectos ocultos en el artículo vendido en el sentido del Artículo 1641 del Código Civil por un período de doce (12) meses a partir de la compra. En este caso, podrá elegir entre la resolución de la venta o una reducción del precio de venta. Se recuerda que, para beneficiarse de la garantía contra vicios ocultos, el Cliente deberá acreditar la existencia de un defecto que inutilice el artículo para el uso al que se destina y de la anterioridad del defecto mediante informe a la venta.
La solicitud debe dirigirse a DPMS a la siguiente dirección:
contact@dpmspensersecurité.com . Una vez recibida la solicitud del Cliente, acompañada de los documentos de respaldo mencionados anteriormente, la Compañía le informará la dirección postal de devolución del Producto.
En caso de resolución de la venta, los costes de devolución del Producto siguen siendo responsabilidad del Cliente.
La garantía contra defectos ocultos no se aplica en las siguientes circunstancias:
- Pilas y pilas;
- Uso anormal del Producto o no de acuerdo con las instrucciones del fabricante;
- Dispositivo que ha sufrido una transformación o modificación de su estructura o su funcionamiento;
- Retirada / borrado de la marca o número de serie del Producto
Además, cuando el defecto oculto se relaciona con una pieza y el Producto puede ser reparado, el Cliente reconoce y acepta la reparación del Producto antes de solicitar la resolución de la venta o el reembolso parcial del precio. La inmovilización del Producto durante el tiempo necesario para la reparación no da lugar al pago de indemnización alguna de ningún tipo.
Si la intervención revela la ausencia de defectos ocultos, se facturará al Cliente a las tarifas estándar vigentes en la fecha de la reparación.
La garantía contra vicios ocultos se complementa, en su caso, con la garantía ofrecida por el fabricante. En este caso específico, el Cliente debe contactar directamente con el fabricante.
Se recuerda expresamente al Cliente que la garantía legal de conformidad que beneficia a los consumidores no se aplica a su compra y uso por él de los Productos.